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Municipalidad de Quintero lamenta desinformación a la que ha sido sometido Diputado Verdessi

Municipalidad de Quintero lamenta desinformación a la que ha sido sometido Diputado Verdessi

Desde el primer minuto la municipalidad de Quintero a través del alcalde Mauricio Carrasco Pardo, ha tenido el pleno convencimiento de que todo episodio de contaminación ambiental, debe ser abordado en los Tribunales Ambientales, con el objetivo de lograr la reparación por el daño causado al entorno.

Es así que luego del primer derrame de gran magnitud ocurrido en septiembre del año 2014, la Municipalidad interpuso una demanda por daño ambiental en el Segundo Tribunal de Santiago, pero estos tribunales se declararon incompetentes.

No obstante, el alcalde Carrasco, llevó esta causa hasta la Corte Suprema, la que finalmente falló a favor de la Municipalidad de Quintero y obligó al Tribunal Ambiental a verla. Este hecho marca un hito en la jurisprudencia ambiental.

Respecto a las declaraciones emitidas por el Diputado Daniel Verdessi acerca del acuerdo logrado entre la Municipalidad de Quintero y Enap, luego del derrame de “slurry oil”, ocurrido el 14 de mayo de 2016, es preciso aclarar que la acción judicial tenía por objeto, lograr que el Tribunal condenara a la petrolera estatal a reparar el medioambiente dañado, producto de la imprudencia de la compañía en las labores de carga y descarga de hidrocarburos.

Luego de más de un año de tramitación del referido juicio y amparadas en las facultades del Tribunal para promover bases de conciliación, las partes iniciaron conversaciones con miras a reparar el medioambiente.

Es fundamental tener presente que, de conformidad a la Ley de Tribunales Ambientales, la acción de reparación ambiental no puede ser objeto de una transacción que exima al autor de implementar medidas de reparación ambiental del daño. En consecuencia, para que un juicio de esta naturaleza termine anticipadamente, el Tribunal necesariamente debe velar porque las medidas sean conducentes a reparar el daño.

En ese contexto, con fecha 29 de noviembre de 2017, las partes sometieron a aprobación un avenimiento dentro del juicio supervisado por el Segundo Tribunal Ambiental. El contenido de este acuerdo abordó exclusivamente medidas de reparación del medio ambiente dañado, mejoramientos tecnológicos con miras a evitar nuevos incidentes de derrames, un completo programa de capacitación e infraestructura al servicio de la comunidad y de los pescadores de la bahía, entre otras.

Es preciso destacar que la Municipalidad de Quintero no ha recibido dineros por este acuerdo con la empresa.

El Acuerdo de Reparación Ambiental logrado, tiene los siguientes puntos principales:

1-Enap debe realizar una fuerte inversión de recursos en su muelle de descarga, incorporando tecnología como válvulas de cierre automático en los flexibles de descarga, instalación de una estación meteorológica para el monitoreo del clima y la realización de inspecciones con certificación internacional a sus procedimientos.

2-Con el objeto de lograr la recuperación de la bahía, Enap debe ejecutar la plantación de Macroalgas que permitan recuperar las cadenas tróficas perdidas por el derrame. Esta acción, debe ejecutarse de preferencia en las áreas de manejo y por un período mínimo de tres años, bajo supervisión de expertos del Servicio Nacional de Pesca y académicos universitarios. Las plantaciones de algas permitirán además generar actividades productivas para los pescadores, relacionadas con la extracción del huiro.

3-Construcción de una Oficina Municipal para la Pesca Artesanal, con énfasis en el apoyo técnico y administrativo a los pescadores de la comuna de Quintero.