A LA OPINIÓN PÚBLICA
Ante los hechos acontecidos respecto a la relación institucional entre el municipio de Quintero y GNL Quintero, producto del incumplimiento por parte de esta empresa en el pago de los derechos al municipio.
Declaro:
- Que conforme lo establece el artículo 2.6.2. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. N° 47/92), la empresa GNL Quintero debe contar con concesiones de la I. Municipalidad de Quintero para “atravesar” y “apoyarse” con la estructura del muelle en el Bien Nacional de Uso Público que constituye la Vía Costera Turística 5-6 (P.I.V.).
- Las concesiones anteriores se deben otorgar de acuerdo al artículo 36 de la Ley 18.695 (Orgánica Constitucional de Municipalidades) y se encuentran gravadas con derechos municipales conforme la Ordenanza Local de Derechos Municipales.
- Para el municipio la situación descrita era de absoluta claridad en cuanto al deber que le corresponde de velar por el cumplimiento de los principios de legalidad que constituye nuestro estado de derecho.
- Esto motivó que el alcalde haya desarrollado una actitud administrativa inalterable, lo que derivó en la expresión de juicios de valor equívocos de parte de altos ejecutivos de la empresa, autoridades provinciales y regionales, quienes en forma permanente construyeron falaces argumentaciones jurídicas con el único propósito de no cumplir con sus obligaciones, situación que perjudicaba el patrimonio de la comuna y, en consecuencia, de los ciudadanos a quienes este alcalde representa.
- Nuestra postura fue informada a la Presidenta de la República, comunicándole que no asistiríamos a la ceremonia de inauguración mientras GNL no cancelara los derechos adeudados al municipio. La Presidenta aceptó estas argumentaciones.
- Luego de largas e intensas negociaciones, a horas de la inauguración, la empresa terminó por reconocer los planteamientos sostenidos por la municipalidad de Quintero, decidiendo cancelar los pagos y depositando en las arcas municipales los siguientes ingresos:
- Por concepto de derechos municipales correspondientes a permiso precario por sesenta días por la instalación de pilotes en la ruta 5-6 PIV sector el Bato Loncura. $ 8.725.759
- Por concepto de derechos municipales correspondientes a permiso precario por sesenta días por atravieso aéreo en la ruta 5-6 PIV camino Costero el Bato Loncura $ 50.000.000.
- Estos son los hechos y no hay otros.
- La no presencia del alcalde a la inauguración imposibilitaba a la Presidenta a asistir al acto; sin embargo, el desarrollo de los acontecimientos modificó ambas decisiones terminando los personeros por asistir a la ceremonia una vez resuelto el conflicto. Algunos medios de comunicación realizaron un tratamiento no veraz de la actitud del alcalde con titulares engañosos. El alcalde solo pidió disculpas a los asistentes por el atraso respecto al inicio de la ceremonia debido a la demora en las tratativas realizadas con la empresa.
- El alcalde agradece a la comunidad de Quintero, al Concejo Comunal y especialmente a la Presidenta por entender que la conducta de este alcalde obedeció al respeto al Estado de Derecho. Una autoridad debe actuar en forma transparente y con probidad frente a presiones indebidas.
- El municipio asume y lidera un compromiso con el tema del medioambiente más allá de la coyuntura y es por eso que, en conjunto con la Universidad de Playa Ancha, ha convocado al I Seminario Nacional de Municipalidades “Comunidad, Desarrollo y Medioambiente” con el patrocinio de la Asociación Chilena de Municipalidades. Alcaldes y concejales del país podrán participar de un proceso de análisis, discusión y reflexión sobre este tema, tarea que puede resultar fundamental para el desarrollo local.
Por tal razón, nos reuniremos en el Centro de Eventos Santa María de Mantagua los días 28, 29 y 30 de este mes, donde tendremos la oportunidad de escuchar las conferencias de reconocidos académicos y expertos en medioambiente. JOSÉ VARAS ZÚÑIGA
Alcalde I. Municipalidad de Quintero |