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Alcalde anuncia implementación del Estatuto de los Asistentes de la Educación en Quintero

Alcalde anuncia implementación del Estatuto de los Asistentes de la Educación en Quintero

En reunión con los funcionarios que colaboran en el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, el jefe comunal, Mauricio Carrasco, explicó la nueva ley que regula su actividad y beneficios.

Como una gran noticia valoró el alcalde de Quintero, Mauricio Carrasco, la implementación de la Ley 21.109, que establece el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública, con el objetivo de regular la labor que realiza el personal que colabora en los procesos de enseñanza y aprendizaje de estudiantes de establecimientos educacionales públicos.

La nueva normativa, entre otros aspectos, equipara el feriado legal de los asistentes de la educación con el de los profesores, junto con establecer una serie de derechos y mejoras en sus condiciones laborales y entrará en vigencia en la fecha de su publicación respecto de los servicios locales que se encuentren prestando el servicio educacional, sin perjuicio de lo establecido en sus artículos transitorios, como el que adelanta la ampliación del periodo de descanso.

En ese sentido, el alcalde, Mauricio Carrasco, expresó que “tuvimos una reunión con los asistentes de la educación de los colegios que corresponden a la administración municipal de Quintero, para informar sobre un artículo transitorio de la Ley 21.109, que va a regir a contar del 1 de enero de 2019, en adelante, y tiene relación con las vacaciones de los asistentes de la educación. Hasta ahora, se rigen por el Código del Trabajo, por lo mismo, les corresponden, año a año, solo 15 días de vacaciones, como a todas las personas que tenemos ese contrato en el país. Este era un tema de discusión de hace mucho tiempo, yo llevo seis años como alcalde y 4 como concejal y siempre estuvo en la discusión los asistentes y, por lo mismo, ahora creo que se hizo justicia, ¿por qué los profesores dos meses y los asistentes solo 15?”.

Además, el jefe comunal hizo un reconocimiento a los dirigentes de dichos trabajadores, “compartiendo plenamente este artículo transitorio, felicito a todas las directivas, no solo de la comuna, sino a nivel nacional, que dieron esta larga lucha por derechos que ganados los tienen, trabajar con alumnos, niños y niñas, en los colegios más chicos, es complejo, por lo tanto, es necesario que se tomen su descanso como se merecen para que las fuerzas vengan renovadas en el mes de marzo”.

Para efectos de la ley, se entiende por personal asistente de la educación pública aquellos trabajadores que se desempeñen en uno o más establecimientos educacionales públicos y que desarrollen funciones de carácter profesional distintas a la docencia, o bien técnicas, administrativas o auxiliares, que tengan por objeto el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes y la correcta prestación del servicio educacional. También considera al personal que cumple funciones en internados escolares que dependen de los servicios locales.